jueves, 18 de abril de 2013

La Certificación Energética, parece que ya viene...que vamos a hacer?


A los propietarios que quieran vender o alquilar su inmueble a partir del 1 de junio se les acaba el tiempo para obtener la etiqueta energética que indica el nivel de calificación de la vivienda en una escala que va desde la A (la más eficiente) a la G (la menos eficiente). Así lo establece el Real Decreto (RD) que aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 13 de abril.
Este periodo de adaptación, sin embargo, se antoja escaso para que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (Idae), informe debidamente a los ciudadanos sobre esta nueva obligación, según los expertos consultados. Es por ello que recomiendan a los propietarios no esperar hasta el último momento para adquirir el certificado, "pues el proceso de certificación no es inmediato y el número de inmuebles sujetos a esta obligación puede superar el millón en toda España".


Tasación energética


El coste del certificado depende, entre otros factores, de la tipología y las dimensiones del inmueble. Según los cálculos de los expertos, su precio puede rondar los 250 euros para una vivienda tipo de 90 metros cuadrados.


Un nuevo gasto que ya ha despertado el recelo de los propietarios, "pero que en la práctica se va a convertir en una auténtica tasación energética".

En nuestra opinión, "es un grave error pensar que el del certificado energético es un trámite más", ya que en los demás países en los que ya está en vigor esta normativa se ha producido la llamada 'depreciación energética'. Las viviendas que tienen deficientes aislamientos y equipos climatizadores antiguos (habitualmente las más modestas) se deprecian en el mercado inmobiliario en favor de las mejor equipadas".


De ahí que los expertos adviertan del perjuicio que puede tener para la calificación energética de la vivienda contratar a un técnico certificador que carezca de los conocimientos específicos necesarios para optimizar el cálculo. No en vano, se vaticina que un 85% de los inmuebles se situarán entre la letra E y la G.
Los técnicos competentes para emitir y firmar el certificado serán los que establece la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), esto es, Arquitectos Técnicos, Arquitectos, Ingenieros e Ingenieros Técnicos colegiados.
Que son a los que desde aqui aconsejamos que se les contrate y que acrediten que tienen los conocimientos pertinentes a certificación energética de edificios existentes, ya que como en todos lados pueden salir técnicos de bajo coste que se lucren por entregar un "papel".

Sanción específica en materia de eficiencia energética

Y al propietario que no cumpla -a partir del 1 de junio- con la obligación de entregar el mencionado certificado a un nuevo inquilino o comprador de la vivienda le espera una sanción específica en materia de certificación energética no contemplada en el último borrador del Real Decreto. Será complementaria a las ya conocidas de infracción de los derechos de consumidores y usuarios.
Pero también las comunidades autónomas deberán habilitar un registro público de certificados, "imprescindible para cumplir las exigencias de información que establece la directiva europea". 
Un registro que deberá crear cada comunidad en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto (14 de abril), facilitando al Ministerio de Industria una estadística de los registros y de las inspecciones realizadas y sus resultados cada seis meses.
Queda mucho camino por recorrer para que España se sitúe al mismo nivel que Europa en materia de eficiencia energética. Razón por la cual, "los ministerios competentes deberían sacar un plan para la aplicación de este Real Decreto, de forma que se justifique con antelación su correcta ejecución".
Por lo cual se recomienda a los propietarios de edificios que tengan que venderse o alquilarse que no tarden hasta el ultimo dia y que esta normativa tendrá su correspondiente sanción como tienen las ITE's y las ITV en los vehiculos, ya sabemos que parece dificil de aceptar las normativas cuando salen por primera vez, pero pero es aceptar la denuncia con su respectiva multa.
Desde aqui solicitamos que nos pregunten para resolver cualquier tipo de dudas al respecto, ya que siempre estamos a su disposición.
Saludos, Estudio Zero.



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